La Suprema Corte falló en contra de los biométricos, pero tu celular aún está en riesgo de ser bloqueado si no haces el registro con tu CURP antes de julio

El máximo tribunal prohibió exigir huellas digitales o escaneo de iris para mantener una línea telefónica. Sin embargo, el nuevo esquema vigente en 2026 sí obliga a vincular cada SIM con una identidad oficial. El plazo vence el 30 de junio y no habrá prórroga.

⚠️ FECHA LÍMITE: 30 DE JUNIO DE 2026. Las líneas no registradas con CURP serán suspendidas a partir del 1 de julio. Solo podrán realizar llamadas al 911. No habrá prórroga, según la Comisión de Radiodifusión y Telecomunicaciones (CRT).

Millones de mexicanos tienen menos de 47 días para completar un trámite que podría definir si su teléfono celular sigue funcionando o queda bloqueado: el registro obligatorio de líneas telefónicas vinculado a la Clave Única de Registro de Población (CURP). El proceso, que inició el 9 de enero de 2026, ha avanzado apenas al 17% de las más de 150 millones de líneas activas en el país, y las autoridades han sido explícitas: no habrá prórroga.

QUÉ PROHIBIÓ LA SUPREMA CORTE Y QUÉ SÍ SIGUE VIGENTE

Para entender la situación actual hay que separar dos cosas que se han confundido en el debate público. La primera es el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra los datos biométricos, que es real y tiene plena vigencia: en abril de 2022, el máximo tribunal declaró inconstitucional el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), que pretendía obligar a todos los mexicanos a entregar huellas digitales, escaneo de iris u otros datos biológicos para conservar su línea. Los ministros determinaron que esa medida era desproporcionada, que no garantizaba la reducción de delitos y que representaba un riesgo grave de seguridad ante posibles hackeos o filtraciones.

La segunda es el nuevo esquema de registro impulsado por el gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum en 2026, que es completamente distinto al PANAUT y fue diseñado para respetar los límites fijados por la Corte. Este registro no pide huellas ni iris: solicita CURP, identificación oficial vigente (INE o pasaporte) y, en algunos sistemas digitales, una fotografía en tiempo real para verificar que quien realiza el trámite coincide con la identificación presentada. Este esquema sí contempla consecuencias operativas para quienes no completen el proceso antes del plazo.

QUÉ PASA SI NO TE REGISTRAS ANTES DEL 30 DE JUNIO

Las consecuencias de no completar el registro son precisas y no admiten interpretación: a partir del primer minuto del 1 de julio de 2026, las compañías telefónicas tendrán la instrucción de suspender totalmente el servicio en las líneas no vinculadas a una identidad oficial. Esto aplica tanto a planes de pospago como a tarjetas de prepago. El teléfono quedará únicamente habilitado para realizar llamadas de emergencia al 911, sin posibilidad de hacer llamadas normales, enviar mensajes, usar datos móviles ni acceder a aplicaciones que requieran conexión. WhatsApp, redes sociales, banca móvil y cualquier otro servicio digital vinculado al número quedarán inaccesibles mientras la línea permanezca suspendida.

Comparativo: PANAUT vs. Registro CURP 2026

 PANAUT (declarado inconstitucional)Registro CURP 2026 (vigente)
Datos solicitadosHuellas digitales, escaneo de iris, datos biológicosCURP, INE o pasaporte, selfie de verificación
Quién guarda los datosBase de datos centralizada del gobiernoLas propias compañías telefónicas
Estatus legalInconstitucional (SCJN, 2022)Legal y en vigor (2026)
Consecuencia de no registrarseNo aplicaba (fue cancelado)Suspensión total del servicio desde el 1 de julio
Aplica aNo llegó a implementarsePrepago, pospago, SIM física, eSIM, empresas y extranjeros

CÓMO HACER EL REGISTRO: PASOS PRÁCTICOS

El trámite puede realizarse de tres formas: directamente con la compañía telefónica a través de su aplicación móvil o sitio web oficial; en tiendas y centros de atención al cliente de Telcel, AT&T, Movistar u otros operadores; o, en algunos casos, mediante mensajes de texto enviados directamente por la operadora al número registrado. Los documentos necesarios son la CURP (disponible en gob.mx/curp) y una identificación oficial vigente, preferentemente la credencial del INE.

Además, a partir del 7 de febrero de 2026, la CRT habilitó una plataforma de consulta ciudadana en la que cualquier persona puede ingresar su CURP y verificar cuántos números telefónicos están asociados a su identidad. Si se detecta un número desconocido, es posible iniciar un proceso de “Desvinculación Inmediata” para evitar responsabilidades legales por el uso de esa línea.

Guía rápida: cómo registrar tu línea antes del 30 de junio

PasoAcciónDónde
1Ten a la mano tu CURP actualizadagob.mx/curp (gratis)
2Ten tu INE o pasaporte vigenteIdentificación oficial física o digital
3Entra a la app o sitio de tu operadoraTelcel, AT&T, Movistar, etc.
4Busca la opción ‘Registro de línea’ o ‘Vincula tu CURP’Menú principal de la app
5Sigue el proceso: captura CURP, sube ID, toma selfieEl sistema lo guiará paso a paso
6Guarda el comprobante de registroCaptura de pantalla o correo de confirmación
7Verifica tus líneas registradasPlataforma de consulta de la CRT

EL DEBATE: PRIVACIDAD, COSTOS Y EL 83% QUE AÚN NO SE REGISTRA

El avance del registro al 17% con menos de dos meses para el cierre ha generado alarma tanto entre autoridades como entre operadores. La industria móvil solicitó cancelar el proceso argumentando que costará más de 4,000 millones de pesos a los operadores y que un padrón sin datos biométricos será insuficiente para frenar delitos como la extorisón telefónica. Organizaciones de derechos digitales, por su parte, mantienen cuestionamientos sobre los riesgos de concentrar datos personales de 150 millones de usuarios, aunque reconocen que el esquema actual es menos invasivo que el PANAUT.

En el frente judicial, el panorama es mixto. Algunos tribunales han ratificado suspensiones individuales que impiden el registro biométrico en casos específicos, mientras que otros han revocado esas medidas cautelares al considerar que la suspensión afectaría el interés social. Si surgieran criterios contradictorios entre plenos regionales, el asunto podría escalar hasta el Pleno de la SCJN para una resolución definitiva. Por ahora, el registro sigue en marcha y el plazo no se moverá.