Contadores públicos advierten que el IMSS no puede limitar por acuerdo el salario en la Modalidad 40: sería necesario reformar la ley

La postura del IMCP y de otros especialistas es una opinión jurídica, no una resolución de un tribunal. El IMSS sostiene que la medida es temporal y busca frenar abusos.

Rodolfo Servín, vicepresidente de Relaciones y Difusión del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), afirmó que el IMSS no puede restringir mediante un acuerdo administrativo el derecho de quienes causan baja a seguir cotizando con el mismo salario o uno superior. Según él, cualquier ajuste requeriría reformar la Ley del Seguro Social en el Congreso.

Servín reconoció que la suspensión de inscripciones con salario superior busca frenar abusos y posibles fraudes, pero sostuvo que la autoridad debe respetar los derechos vigentes. «Debe prevalecer el derecho de los asegurados», dijo.

Qué cambió desde el 22 de octubre

El acuerdo del Consejo Técnico del IMSS ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG fue aprobado el 10 de octubre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 y entró en vigor el 22, según Expansión. Para las nuevas altas, establece que:

  • El salario de cotización será el último registrado antes de la baja o ese monto más una UMA, sin quedar por debajo del salario mínimo general.
  • El aseguramiento surte efectos solo desde la fecha de la solicitud, sin pagos retroactivos.
  • Quienes cotizan como trabajadores independientes en la Modalidad 10 no pueden contratar al mismo tiempo la Modalidad 40.
  • La inscripción será solo digital, pero aún no se publican los pasos y documentos. Se prevé un canal para casos especiales.
  • Los ya inscritos conservan sus condiciones hasta concluir su «periodo contratado», término que el acuerdo no define.

Los requisitos de fondo siguen: baja del régimen obligatorio, 52 semanas cotizadas en los cinco años previos y solicitud dentro de los cinco años posteriores a la baja.

Quiénes cuestionan la legalidad

  • Rodolfo Servín (IMCP): un acuerdo del Consejo Técnico no puede limitar lo que la ley reconoce; haría falta una reforma en el Congreso.
  • Leonardo Castillo (Fintual), asesor financiero: se pregunta si un acuerdo puede limitar lo que da la ley, y señala que la ley y su reglamento permiten cotizar con un salario mayor al último registrado, hasta el tope legal, según Expansión.
  • Carlos Mendoza, abogado de pensiones: sostiene que el acuerdo es ilegal y que puede combatirse con amparos, según Revista Gente.
  • Jorge Antonio Loyo (Ibero): rechaza que la Modalidad 40 sea un fraude, pues es un esquema previsto en la ley, e invoca la progresividad de los derechos laborales.

Revista Gente habla de una «ola de amparos» anticipada por especialistas y sindicatos, pero no confirma que se hayan presentado amparos concretos.

La postura del IMSS y del gobierno

El instituto presenta la suspensión como temporal: la Dirección de Finanzas tiene hasta seis meses para analizar el impacto financiero y después la Dirección Jurídica hasta otros seis para proponer cambios, según Expansión. La presidenta Claudia Sheinbaum dijo el mismo 22 de octubre que se regula la modalidad porque se encontraron fraudes asociados a pensiones altas, con un impacto de «cientos de miles de millones», pero sin dar casos ni periodo, según reportes de ese día.