La FGR acusa al exembajador Ken Salazar de mentir sobre la participación del FBI en el operativo de 2024; señala violaciones a tres instrumentos internacionales
La Fiscalía General de la República (FGR) señaló el 8 de julio que el entonces embajador de Estados Unidos en México, Ken Salazar, habría mentido al gobierno mexicano sobre la captura de Ismael “El Mayo” Zambada, ocurrida el 25 de julio de 2024, al negar que agentes estadounidenses participaron en la operación.
En conferencia encabezada por la fiscal general Ernestina Godoy Ramos, la institución precisó que el 9 de agosto de 2024 Salazar sostuvo que su gobierno no participó en la extracción de Zambada desde Sinaloa hasta Nuevo México, que no fue una aeronave estadounidense ni el piloto ni los agentes eran de ese país, y que se trató de una operación entre cárteles.
De confirmarse la participación del FBI en el operativo, la fiscalía advirtió que se estaría ante “tres situaciones graves”: violaciones al derecho mexicano e internacional, un posible pacto al margen de la ley, y una mentira de un diplomático estadounidense que transgrede el principio de buena fe en las relaciones diplomáticas.
“No puede ser que Estados Unidos nos pida algo y que nosotros no podamos pedir lo mismo. De eso habla la reciprocidad y que somos naciones que establecemos una relación de iguales”.
Los tres instrumentos internacionales citados
El doctor Raúl Armando Jiménez Vázquez, titular de la Fiscalía Especializada de Control Competencial (FECOC), enumeró las normas transgredidas:
• El artículo 2 de la Carta de las Naciones Unidas, que consagra el principio de buena fe entre Estados.
• El artículo 26 de la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados —llamado por Jiménez Vázquez “el tratado de tratados”—, que establece el principio pacta sunt servanda: los tratados deben cumplirse de buena fe.
• Las prohibiciones de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, cuyo artículo 41 obliga a funcionarios extranjeros a respetar las leyes del Estado receptor y a no intervenir en sus asuntos internos.
Especialistas señalan además al Tratado de Extradición México–Estados Unidos, cuyo artículo 10 establece que toda entrega de una persona requerida debe tramitarse por vía diplomática, con documentos judiciales y un procedimiento autorizado por el Estado requerido. La Ley de Seguridad Nacional mexicana también impone restricciones a servidores públicos extranjeros que realizan actividades dentro del territorio nacional.
¿Qué consecuencias contempla la FGR?
Jiménez Vázquez precisó que ninguno de los tres instrumentos establece sanciones penales directas; las consecuencias son de naturaleza diplomática e institucional, y su aplicación depende de la voluntad política de los Estados involucrados:
• La violación al artículo 2 de la Carta de la ONU permitiría a México presentar una reclamación formal ante el Consejo de Seguridad o la Asamblea General.
• La violación al artículo 26 de la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados abriría la posibilidad de llevar el caso ante la Corte Internacional de Justicia por incumplimiento del tratado bilateral de asistencia jurídica.
• La Convención de Viena de 1961 establece la consecuencia más concreta: México podría declarar a Salazar persona non grata.
El funcionario no precisó si la protección diplomática de Salazar aplica ahora que ya no ocupa el cargo. En términos generales, el derecho internacional distingue entre actos realizados en ejercicio de funciones diplomáticas —que siguen protegidos tras dejar el puesto— y actos de carácter personal, que no. La declaración del 9 de agosto de 2024 fue hecha por Salazar en su calidad de embajador en funciones, lo que la ubicaría en el primer supuesto.
| CLAVES DEL CASO • La FGR ha enviado 13 “recordatorios” por vía diplomática al Departamento de Justicia y al FBI sin recibir respuesta clara sobre la participación estadounidense en el operativo. • Existen 32 investigaciones vigentes en México contra Ismael “El Mayo” Zambada, con órdenes de aprehensión activas; el Departamento de Justicia de EE.UU. notificó que no puede atender la solicitud de extradición porque Zambada ya es procesado en una corte de distrito estadounidense. • Estas son señalamientos institucionales de la FGR sobre presuntas violaciones diplomáticas —no una determinación judicial firme—, condicionados a que se confirme la participación directa del FBI en el operativo. |
La cronología de fondo
Según la reconstrucción presentada por la Secretaría de Gobernación, el 25 de julio de 2024 Estados Unidos modificó unilateralmente la medida cautelar de Ovidio Guzmán López sin consultar a México, el mismo día en que una aeronave con Zambada y Joaquín Guzmán López aterrizó en Santa Teresa, Nuevo México. El localizador del avión, señaló la fiscalía, se encendió solo cinco minutos antes de aterrizar. La controversia escaló tras un reportaje periodístico que mostró la aeronave utilizada exhibida por el FBI como parte de una de sus operaciones en un museo de Nuevo México, en contradicción con la versión de Salazar.